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Conoces los cambios que contempla el nuevo reglamento de instalaciones eléctricas de alta tensión

17/01/2013
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Las instalaciones eléctricas de alta tensión están a la espera de la aprobación del proyecto de real decreto por el que se aprueba el nuevo reglamento que las regula. El fin de este proyecto de nuevo Reglamento, que sustituirá al vigente Reglamento de Centrales, Subestaciones y Centros de Transformación (Real Decreto 3275/1982), es incorporar las modificaciones introducidas por diversas disposiciones como :

  • Ley 21/1992, de Industria,
  • la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico, la cual se aplica específicamente a ese sector de actividad
  • Directiva 2006/123/CE, en lo relativo a empresas instaladoras y mantenedoras así como diversas normas derivadas de la Unión europea.

Y como no pretende adaptar la normativa a los avances técnicos producidos desde 1982, los cuales como es de entender son inmensos. Aunque el actual reglamento ha experimentado cambios y reformas con estos avances, con este nuevo texto se establecen unas reglas más definidas, con referencia a normas que posibilitan una más ágil puesta al día en este aspecto.

Este proyecto de reglamento afecta a instalaciones eléctricas de alta tensión (> 1000 V en corriente alterna) que forman parte de centrales generadoras de energía eléctrica, subestaciones eléctricas y centros de transformación (materiales, productos y aparamenta). Por tanto no se incluyen las líneas de alta tensión, objeto de otro reglamento.

El proyecto de real decreto consta de:

En el Reglamento se establece las disposiciones básicas y generales en cuanto al ámbito de aplicación, tensiones nominales, equipos y materiales, equivalencia de requisitos, documentación de diseño, procedimientos para realizar las instalaciones, su mantenimiento y su inspección, empresas instaladoras, alteración e interrupción del servicio, comunicación de accidentes, faltas y sanciones.

Al igual que otros reglamentos está compuestos por 19 instrucciones técnicas complementarias, que se refieren a aspectos como terminología, puestas a tierra, aparatos de maniobra, transformadores, protecciones, cuadros y pupitres de control, aislamientos, acumuladores, instalaciones de interior y exterior, conjuntos prefabricados de aparamenta bajo envolvente metálica o aislante, aparamenta bajo envolvente metálica o instalaciones privadas para conectar a las redes.

Estaremos atentos a su definitiva aprobación.

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Categorizado en: Gestión Integrada

No hay comentarios

  1. Sofía Flores dice:

    Ya era hora de que se actualizara normativa referente a esta materia.

    0

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