En este post se van a presentar las principales nociones sobre las interpretaciones de la Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados, la cual deroga a la antigua ley 10/1998.
La ley transpone la Directiva 2008/98/CE y se actualiza la legislación tras más de 10 años de aplicación de la primera Ley de residuos.
La ley define y articula la coordinación entre administraciones públicas, delimita las obligaciones de productores y gestores de residuos por medio de los instrumentos necesarios para llevar a cabo una política de residuos más eficaz.
La Ley apuesta por la prevención y por tanto intenta maximizar el aprovechamiento de los recursos y la disminución de los impactos adversos de su producción y gestión.
Objetivos más ambiciosos ley 22/2011 resumen
En consonancia comunitaria antes de 2015 la recogida de distintos materiales procedentes de residuos (papel, plástico, vidrio, metales) deberá ser separada. Esta meta lleva implícita el fomento de la separación en origen de los biorresiduos para su tratamiento biológico.
Antes de 2020 se incorpora un objetivo estratégico de prevención del 10% y un objetivo de preparación para la reutilización y reciclado de un 50% para residuos domésticos y similares. El porcentaje asciende al 70% en preparación para la reutilización, reciclado y valorización para residuos de construcción y demolición.
Se crea un marco legislativo común para que los fabricantes y responsables de la puesta en el mercado de los productos que con su uso se convierten en residuos, se involucren en la prevención y gestión de los mismos.
La Ley contribuye a impulsar la innovación asociada a productos y procesos, mercadotecnia y diseño, generando nuevas oportunidades laborales y sociales.
Asimismo, la Ley recoge la posibilidad de establecer en el futuro Sistemas de Depósito Devolución y Retorno (SDDR)
Un SDDR sirve para garantizar la gestión adecuada de los residuos de envases, consistente en que los envasadores y los comerciantes de productos envasados o, cuando no sea posible identificar a los anteriores, los responsables de la primera puesta en el mercado de los productos envasados:
- Cobren a sus clientes, hasta el consumidor final y en concepto de depósito, una cantidad individualizada por cada envase que sea objeto de transacción.
- Acepten la devolución o retorno de los residuos de envases cuyo tipo, marca o formato comercialicen, devolviendo la misma cantidad que haya correspondido cobrar de acuerdo con lo establecido en el apartado anterior. El poseedor final de los residuos de envases deberá entregarlos a un gestor de residuos para su reciclado u otras formas de valorización.
Se mantiene el régimen aplicable a los suelos contaminados de la Ley 10/1998 de residuos y refuerza las funciones de vigilancia, inspección y control.
Se simplifican trámites administrativos utilizando un registro compartido entre las Administraciones de modo que se garantice la transparencia y trazabilidad en la gestión.
Establecimiento de un calendario hasta 2018 de sustitución de bolsas comerciales de un solo uso de plástico no biodegradable, y desde 2015, la obligación de marcarlas con mensaje sobre sus efectos en el medio ambiente. En algunas comunidades autónomas como la andaluza ya se están cobrando estas bolsas al consumidor.
En el siguiente link podéis ver un ley 22/2011 resumen que ciertamente es muy interesante.
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Gestión Integrada
Comentarios
Mi pregunta es los residuos generados por clinicas donde se hacen operaciones , donde deben ir estos residuos
el link al que hacen referencia para ver el resumen de la ley no esta operativo
Gracias buen resumen
Esta normativa cambia bastante el ámbito de la gestión de residuos.