INESEM Business School
Contactar por whatsappWhatsapp

Contacta con nosotros

Teléfono de INESEM 958 050 205
Verifactu cambio de fecha

VERI*FACTU se retrasa hasta 2028: nuevas fechas y qué cambia para empresa y autónomos

Verifactu vuelve a cambiar de calendario. El Ministerio de Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 su intención de aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes relacionadas con los sistemas informáticos de facturación. El objetivo es hacer coincidir su aplicación con el nuevo calendario de la factura electrónica obligatoria.

Hasta ahora, las empresas sujetas al Impuesto sobre Sociedades debían adaptar sus sistemas antes del 1 de enero de 2027, mientras que el resto de obligados tributarios disponía hasta el 1 de julio de 2027.

La novedad llega, además, justo cuando se ha dado un paso decisivo en la factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales. El BOE del 5 de octubre ha publicado la Orden HAC/1028/2026, que regula los elementos técnicos y funcionales de la solución pública de facturación electrónica.

¿Significa todo esto que las empresas pueden olvidarse de Verifactu durante dos años? No exactamente. El calendario cambia, pero los requisitos técnicos del sistema no desaparecen. Veamos qué implica realmente la actualización.

¿Qué es Verifactu y para qué sirve?

Verifactu es una de las modalidades previstas dentro del Reglamento que establece los requisitos que deben cumplir los sistemas informáticos de facturación. Su finalidad es impedir que los registros de facturación puedan modificarse o eliminarse sin dejar rastro y reforzar así la trazabilidad de las operaciones.

El marco normativo parte del Real Decreto 1007/2023 y exige que los sistemas de facturación garanticen principios como la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.

Una de las claves para entender la normativa es distinguir entre las dos formas de cumplir sus requisitos:

  • Sistemas VERI*FACTU: remiten los registros de facturación a la Agencia Tributaria de forma continuada.
  • Sistemas no VERI*FACTU: conservan los registros dentro del propio sistema y deben aplicar requisitos adicionales de seguridad y conservación.

Por tanto, Verifactu no debe confundirse con la factura electrónica. Son obligaciones relacionadas con la digitalización de la facturación, pero responden a normas y objetivos diferentes.

¿Cuándo entra en vigor VERI*FACTU tras el nuevo aplazamiento?

Hacienda prevé posponer hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes derivadas del Reglamento de sistemas informáticos de facturación.

El calendario puede resumirse así:

Obligado Calendario actualmente vigente Calendario anunciado
Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades 1 de enero de 2027 Octubre de 2028*
Resto de obligados, incluidos autónomos 1 de julio de 2027 Octubre de 2028*

*Fecha anunciada por el Ministerio de Hacienda el 5 de octubre de 2026. El nuevo calendario deberá formalizarse mediante la correspondiente modificación normativa.

Esto introduce una diferencia importante respecto al calendario anterior. Si se materializa el anuncio de Hacienda, desaparecerá la diferencia de seis meses que existía entre sociedades y el resto de obligados.

¿Por qué se retrasa VERI*FACTU hasta octubre de 2028?

El motivo principal es que Hacienda quiere coordinar la aplicación de los sistemas informáticos de facturación con la factura electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales. De esta forma, se busca evitar que muchas empresas tengan que realizar dos procesos de adaptación tecnológica separados en un periodo relativamente corto.

El 5 de octubre de 2026 se publicó en el BOE la Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, que regula los elementos técnicos y funcionales de la solución pública de facturación electrónica.

Esta norma desarrolla cuestiones como:

  • la emisión de facturas mediante la solución pública;
  • la interconexión entre plataformas;
  • los mecanismos de autenticación e identificación;
  • la comunicación del pago de las facturas;
  • la codificación de las facturas electrónicas;
  • y la remisión de copias electrónicas a la solución pública cuando corresponda.

Por tanto, el nuevo aplazamiento busca que la transformación de los sistemas de facturación se produzca de una manera más coordinada.

VERI*FACTU y factura electrónica no son lo mismo

La coincidencia de fechas puede generar una confusión importante. VERI*FACTU y la factura electrónica son dos obligaciones diferentes, aunque ambas afecten a la forma en la que empresas y profesionales gestionan sus facturas.

VERI*FACTU Factura electrónica B2B
Regula cómo deben funcionar determinados sistemas informáticos de facturación. Regula el formato y el intercambio electrónico de facturas entre empresarios y profesionales.
Busca garantizar que los registros sean íntegros, trazables e inalterables. Busca digitalizar el intercambio de facturas y mejorar el seguimiento de los plazos de pago.
Está vinculado al Real Decreto 1007/2023. Deriva de la Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas, y de su desarrollo reglamentario.

En la práctica, muchas empresas tendrán que revisar sus herramientas teniendo en cuenta ambos marcos normativos. Por eso, aunque el aplazamiento dé más tiempo, puede ser más eficiente analizar ahora si el software elegido está preparado para los dos escenarios.

¿Qué cambia con el aplazamiento de VERI*FACTU y qué se mantiene?

El anuncio modifica principalmente el calendario. No supone abandonar el modelo técnico desarrollado durante los últimos años.

Lo que cambia

  • Hacienda prevé trasladar las obligaciones pendientes hasta octubre de 2028.
  • La implantación se coordinará con el calendario de la factura electrónica.
  • Empresas y autónomos dispondrán de más tiempo para revisar y adaptar sus sistemas.

Lo que no cambia

  • Los sistemas de facturación deberán seguir garantizando la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.
  • La adaptación tecnológica realizada hasta ahora no pierde necesariamente su utilidad.
  • Verifactu y la factura electrónica continúan siendo obligaciones distintas.

¿Ya has adaptado tu software a Verifactu?

El nuevo aplazamiento no significa que ese trabajo haya sido inútil. Hacienda ha señalado que las exigencias relacionadas con la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes.

¿Qué debería hacer ahora una empresa?

La reacción más lógica puede ser pensar que, si la obligación se desplaza hasta 2028, ya habrá tiempo para ocuparse de ella. Sin embargo, el nuevo calendario permite precisamente hacer lo contrario: evitar una adaptación de última hora y revisar conjuntamente Verifactu y factura electrónica.

1. Comprobar qué sistema de facturación utilizas

Pregunta a tu proveedor qué grado de adaptación tiene frente a los requisitos del Reglamento de sistemas informáticos de facturación y cómo prevé abordar la factura electrónica obligatoria.

2. No deshacer las adaptaciones realizadas

Si tu empresa ya ha actualizado su ERP, TPV o programa de facturación, no hay motivos para revertir esos cambios únicamente por el anuncio del aplazamiento. Los principales requisitos técnicos se mantendrán.

3. Analizar Verifactu y factura electrónica de forma conjunta

El nuevo escenario permite plantear una estrategia de facturación digital más amplia. En lugar de adaptar el negocio dos veces, conviene revisar qué solución puede responder a ambos marcos.

4. Seguir la publicación de la modificación normativa

Este punto es especialmente importante. Octubre de 2028 es, a día de hoy, la fecha anunciada por Hacienda. Hasta que la modificación correspondiente se publique oficialmente, el calendario legal existente continúa situando las obligaciones en 2027.

Conclusión: Verifactu mira ahora a 2028, pero la adaptación continúa

El calendario de Verifactu ha vuelto a cambiar. Hacienda ha anunciado su intención de llevar las obligaciones pendientes hasta octubre de 2028 y coordinarlas con la implantación de la factura electrónica obligatoria.

Para empresas y autónomos, el anuncio supone más margen. Pero también cambia la forma de afrontar la transición. Ya no se trata únicamente de buscar un programa compatible con Verifactu, sino de revisar cómo encajará todo el proceso de facturación en el nuevo ecosistema digital.

La mejor decisión ahora no es esperar hasta 2028, sino aprovechar el margen para comprobar sistemas, procesos y proveedores sin la presión de una fecha inmediata.

Si quieres reforzar tus conocimientos sobre gestión de facturación y herramientas contables, el Curso Superior de Sage 50C Facturación de INESEM permite profundizar en la gestión de los procesos de facturación dentro del entorno empresarial.

Categorizado en: Jurídico

¿Quieres más artículos de Jurídico ?

Selecciona la categoría que más te interese

¡Descubre los secretos de inesem en nuestro canal de Telegram!

Artículos más leídos

Descubre Territorio Inesem

Disfruta del mejor contenido con los últimos podcast y webinars

ES EL MOMENTO

Comienza tu futuro de la mano de INESEM Business School con el programa de

EXECUTIVE MASTERS

Únete al selecto grupo de alumnos que han conseguido alcanzar una carrera de éxito en las profesiones más demandadas.

ÚNETE AL EQUIPO DE REDACCIÓN

Comparte tu conocimiento con otros profesionales

Saber más