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Fechas de caducidad en los alimentos: ¿qué pasa si no la respetamos?

Esta semana ha saltado a la prensa  una noticia que nos viene desde Grecia, tiene que ver con la caducidad de los productos.

En el país griego se ha autorizado la comercialización de alimentos ya pasados de fecha, es decir, un alimento caducado podrá ser vendido en algunos comercios. Es cierto que estos productos estarán en estantes separados y que tendrán un precio reducido, así como se procurará su seguridad, pero ¿qué implicaciones indirectas puede tener esta medida? ¿Se está pretendiendo distinguir entre “comida de ricos y comida de pobres”?

En España la regulación de la caducidad nos viene dada por la Directiva Europea 2000/13/CE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios, y por varios reales decretos, el más reciente de este mismo año RD 176/2013.

Nuestra regulación distingue entre:

  • Caducidad: nos indica la pérdida de seguridad a la hora de consumir este producto, es decir el tiempo en el que ingerir ese producto puede suponer un riesgo o no para la salud.
  • Consumir preferentemente: se trataría de una fecha que nos indica no la pérdida de seguridad del producto, sino la pérdida de calidad del mismo, en otras palabras el tiempo en el que el producto no pierde sus propiedades.

En nuestro país, en el pasado mes de abril se aprobó una medida que permitía a los fabricantes de yogures no verse en la obligación de establecer una fecha de caducidad, o al menos no hacerlo con el límite de tiempo de 28 días. Con esta medida se pretende que nos equiparemos a otros países europeos.

Por otro lado, en España, también se permite la venta de productos más baratos cercanos a la fecha de caducidad. Muchas cadenas de supermercados ofertan productos que les faltan menos de una semana para caducar, a mitad de precio.

Las medidas de nuestro gobierno pretenden evitar el desperdicio de alimentos, pero hay ciertos límites que no se deben pasar, ya que se podría caer en el error de que el mercado se dividiese por clases.

Esta vez la ética y el derecho miden sus fuerzas, las regulaciones han de prever la seguridad de los consumidores, pero además estas regulaciones habrán de atender a las posibles consecuencias o repercusiones que podrán tener en la sociedad.

Categorizado en: Jurídico

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