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Ficheros de morosos: preguntas frecuentes

Los ficheros de morosos, o como comúnmente, se conocen listas de morosos, son una realidad que nos alcanza en nuestros días. Son muchas las preguntas que surgen en este sentido, por eso, desde el Canal Jurídico de INESEM os vamos a intentar ayudar a despejar algunas de estas dudas.

¿Qué requisitos se deben cumplir para la inclusión de datos de un moroso en un fichero?

1. Se ha de tratar de una deuda impagada, cierta, vencida y exigible. Además esta deuda no puede haber sido reclamada ni por la vía judicial, ni por la vía arbitral, ni administrativa.

2. No pueden haber transcurrido más de seis años desde la fecha en la que hubo de procederse al pago de la deuda, o bien de la obligación o del plazo concreto en caso de de que la deuda fuese de vencimiento periódico.

3. Debe haber un requerimiento previo por parte del acreedor, exigiendo el cumplimiento de la obligación y con la advertencia de su posible inclusión en un fichero de morosos.

4. Por último, no puede existir ninguna prueba que contradiga alguno de los requisitos anteriores.

¿Qué datos se pueden incluir?

Solo se pueden incluir los datos facilitados por el acreedor, no podrán incluirse datos procedentes de fuentes accesibles a cualquier particular, es decir al público en general.

¿Quién puede solicitar la inscripción de los datos de un deudor en un fichero de morosos?

Tan sólo el acreedor de la deuda puede solicitar la inscripción, o bien un representante de este. Principalmente se exige que solo sea el acreedor ya que él es el único que sabe si la deuda existe o si ha sido saldada. Además a quien se le debe la obligación es la única persona que puede decidir sobre la cancelación de la inscripción de los datos.

¿El titular del fichero de morosos ha de comunicar al deudor la inclusión de sus datos en este?

Sí, es obligación del titular del fichero comunicar al moroso la inscripción de sus datos en este ya que de esta manera se evitarían situaciones injustas. A través de una notificación se le informará al deudor de sus derechos en base a la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal 15/1999.

  ¿Qué ocurre si se paga la deuda o se cumple la obligación?

Que el deudor pagase su deuda o cumpliese su obligación, determinaría la cancelación inmediata de los datos inscritos por razón de la deuda.

Las implicaciones tras nuestra inscripción en un fichero de morosos son muchas, por eso es importante conocer nuestros derechos así como las consecuencias que pueden derivarse de esta inscripción. Somos una sociedad basada en la información por esto conocer la reputación que se maneja de nosotros y cuál es la imagen de nuestra transparencia financiera es clave.

Categorizado en: Jurídico

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