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Si se aprueba la Ley Europea de Derechos de Autor, ¿Puede derivar en una censura de internet?

Los memes en la nueva Ley Europea de Derechos de Autor

04/07/2018
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Los días 4 y 5 de Julio se someterá a votación la nueva Ley Europea de Derechos de Autor. Esta normativa de obligado cumplimiento, ha provocado un rechazo general y no solo por parte de los usuarios tradicionales del servicio, sino también  de expertos en la materia y diversas asociaciones.

Europa está al borde de cargarse los aspectos vitales de Internet, tales como, memes, Wikipedia, los fanart, cover de canciones, etc.

Para poder exponer los cambios, precisamos realizar una aproximación a la normativa comunitaria.

En primer lugar, debemos destacar que el contenido de la Directiva es de obligado cumplimiento. Sin embargo, a diferencia del Reglamento de la Unión Europea, esta carece de eficacia directa y, por ende, los Estados deben adoptar una Ley que la trasponga al Derecho interno.

¿Qué se pretende conseguir con esta regulación? El objetivo a cumplir es la armonización de la legislación en materia de derechos de autor entre los EEMM.

 

Entonces, ¿dónde está el problema?

En una primera toma de contacto, no existe un problema claro, pues la finalidad de la Ley Europea de Derechos de Autor es encontrar un equilibrio entre los derechos de autor y la libertad de expresión.

La problemática generalizada surge cuando comprobamos el contenido de los artículos 11 y 13. Además, no solo debemos tener en cuenta su imprecisión, sino la posterior adaptación por parte de los EEMM.

Varios expertos en la materia consideran que su aprobación acabaría totalmente con nuestro concepto de Internet.

Junto a lo anterior, consideramos necesario analizar los preceptos destacados anteriormente.

El Impuesto al Enlace.

El contenido del artículo 11 establece un canon por compartir un extracto o cita de una noticia, enlazar a una web de noticias, etc.

Esta tasa tiene su igual en la denominada Tasa Google cuya finalidad consistía en que las webs pagasen por incluir enlaces a noticias ¡e incluso si se aporta el enlace original!

La Tasa Google fue anulada por el Tribunal Supremo debido a un defecto formal  “al no tener en cuenta a las familias numerosas a la hora de estimar los pagos a los medios de  comunicación”.

Si nuestra intención es publicar un artículo de gran interés, necesitaremos una licencia especial del autor para compartir este contenido.

En defecto de lo anterior, tendremos que cumplir con 28 normativas estatales, fruto de la trasposición de Ley Europea de Derechos de Autor, pues no debemos olvidar que tal normativa sería de obligado cumplimiento. Será necesaria su trasposición pero no se fijará el modo de hacer cumplir la Ley.

Así se ha pronunciado la europarlamentaria Julia Reda que considera que la aprobación de tal normativa contraviene el mercado digital europeo.

Además, considera que "Tasar los enlaces solo busca consolidar el poder de los grandes grupos editoriales".

La Censura.

Su rechazo recae sobre el contenido del artículo 13 que, incorpora nuevas responsabilidades para las compañías.

En concreto, de salir a flote esta nueva ley, las empresas deberán implementar los mecanismos de monitorización. Esta herramienta permitirá detectar si el contenido publicado está libre de derechos de autor.

Si procediere lo anterior, conllevará la correspondientes sanción que, como en la mayoría de supuestos, no son de poca cuantía.

Este mecanismo consiste en establecer un algoritmo que permita suprimir cualquier contenido que vulnere los derechos de autor.

Así, podemos incluir el ejemplo de Youtube, en el que EEUU le exime de cualquier sanción al emplear un sistema de monitorización, el famoso Content ID, que permite el barrido de las obras que infrinjan tales derechos, así como dispongan de un amplio equipo humano.

Imaginemos que un usuario sube un fragmento de una canción, cuya peculiaridad radica en el instrumento utilizado para su reproducción. El sistema de detección  propuesto por la UE no haría distinción alguna y procedería a bloquear el vídeo.

E incluso podemos mirar más allá y considerarlo como una herramienta política que permita suprimir material delicado.

Los Memes en el punto de mira de la UE.

Debemos tener cuenta que su aprobación no afectaría a los memes, pues en la nueva Ley Europea de Derechos de Autor no hace mención alguna a las parodias.

Sin embargo, si lo hace la Ley de la Propiedad Intelectual en su artículo 39, donde se determina que:

“No será considerada transformación que exija consentimiento del autor la parodia de la obra divulgada, mientras no implique riesgo de confusión con la misma ni se infiera un daño a la obra original o a su autor”.

Sin embargo, el peligro radica en el algoritmo y así se ha pronunciado Jim Killock, responsable del Open Rights Group:

“Aunque las máquinas pueden detectar cargas duplicadas de canciones de Beyoncé, no pueden detectar parodias, comprender memes que usan imágenes con derechos de autor, ni emitir ningún tipo de juicio cultural sobre lo que las personas creativas hacen”.

Por todo lo anterior, y con el único objetivo de garantizar la libertad de expresión, así como permitir que Internet siga evolucionando como una herramienta de aprendizaje constante, en la que podamos compartir toda clase de contenido y nuestros derechos estén totalmente garantizados, varias organizaciones han creado la plataforma Saveyourinternet.eu o changecopyright.org. A través de las cuales, nos podemos poner en contacto con los diputados del Parlamento Europeo y comunicarles que no voten a favor de la adopción de Ley Europea de Derechos de Autor en materia de derechos de autor y garanticen un libre uso de Internet.

Categorizado en: Jurídico

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