Los inicios más importantes para propiciar el desarrollo de una ley de Violencia de Género podemos situarlos en el Siglo XX. Se centraron en que este tipo de violencia tenía que considerarse un problema de Estado. Fue esta valoración la que llevó a considerar necesario afrontarlo con políticas en todos sus ámbitos: desde la prevención en sí hasta la protección.
Pero entonces, ¿por qué a día de hoy todo el país se ha empezado a interesar sobre el contenido de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral Contra la Violencia de Género? Podemos encontrar la respuesta en dos actuales acontecimientos:
- Los polémicos resultados de las Elecciones al Parlamento de Andalucía de 2018. El auge de Vox, partido que pretende sustituir esta Ley de Violencia de Género por una que trate la “Violencia Intrafamiliar”.
- El por qué el asesinato de la joven Laura Luelmo, el caso de Diana Quer o la víctima de “La Manada” no son contabilizados como violencia de género.
¿Qué ocurriría si se elimina esta ley? ¿Quiénes verían mermados sus derechos?
¿Cuál es el fin de la Ley de Violencia de Género?
En primer lugar, debemos conocer que el objeto de la Ley de Violencia de Género se centra en actuar. Actuar contra “la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.” Comprendiendo además la violencia de género “todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad.”
Debido a que esta violencia debe ser perpetrada por un hombre sobre una mujer entre los que ha existido una relación de pareja o que estén ligados por relaciones de afectividad, responde a porqué los casos de las jóvenes mencionadas no son contabilizados legalmente como cuestiones de violencia de género. Al respecto, la ONU instó al Gobierno español en incluir en la norma todas las demás agresiones. Es motivo de celebración que el Pacto de Estado contra la Violencia de Género se aprobase a finales del año 2017. Este Pacto sí que respalda tratar como violencia contra la mujer, entre otras, aquellas agresiones producidas por el simple hecho de ser mujer.
Alcance legislativo
Los ámbitos en los que se establecen medidas referentes a la sensibilización, prevención e detección, son básicamente tres:
- Educativo: destaca la intención de que el sistema español incluya formación. Formación basada en el respeto de los derechos y libertades fundamentales junto con la igualdad entre hombres y mujeres.
- Publicidad y medios de comunicación: aborda la obligación de respetar la igualdad entre hombre y mujer. Concretamente la dignidad de las mujeres. Tratando su derecho a una imagen no estereotipada, ni discriminatoria ya sea en medios privados o públicos.
- Sanitario: constituirá una función de las administraciones sanitarias promover e impulsar actuaciones de los profesionales sanitarios. El fin de estas medidas es detectar precozmente la violencia de género. Esta rápida detección supone poder proponer medidas contra este tipo de crueldad.
Reconocimiento e importancia de los derechos presentes en la ley
Los derechos reconocidos a las mujeres en esta norma se argumentan en el Título II. Son los referidos sobre todo a la información; a la asistencia, tanto social integral como a la jurídica gratuita; derechos laborales y económicos. En definitiva, consisten en proteger a la víctima.
La importancia de mantener estos derechos es más que notable. Sobre todo frente a los argumentos cuanto a que la norma establece “tratos diferenciados a favor de las mujeres". La propuesta de eliminar la Ley de Violencia de Género o transformarla convirtiéndola en una norma contra la “Violencia Intrafamiliar” evidencia la falta de formación sobre la base o naturaleza de la violencia de género. Lo único que se conseguiría con su supresión o modificación sería dar un paso atrás respecto a los derechos de las mujeres. Hemos de recordar que el propósito de esta ley de violencia de género es erradicar un obstáculo latente hacia las mujeres.
Los argumentos referentes a la desprotección del hombre no son ciertos. La existencia concreta de estos tratos favorables para la mujer, ni desprotege al hombre, ni incumple el artículo 14 de la Constitución. Es más, este artículo respalda cualquier práctica discriminatoria. Incluso el Tribunal Constitucional manifiesta que en determinadas circunstancias se podrán aplicar esos mencionados “tratos diferenciados a favor de las mujeres con el fin de corregir desigualdades de partida, de eliminar situaciones discriminatorias, de conseguir resultados igualadores y de paliar la discriminación sufrida por el conjunto social de las mujeres”.
Es importante mencionar que la discriminación positiva no es únicamente hacia las mujeres. Existen medidas políticas respecto a personas en riesgo de exclusión o en relación a grupos desfavorecidos, por ejemplo.
En definitiva es necesario alcanzar, ansiada y urgentemente, la igualdad. Por lo que resulta evidente por tanto, que esta acción positiva o tratos diferenciados favorables para la mujer son necesarios.
Puntos fuertes a tener en cuenta de la norma
Como broche final, vamos a ratificar la importante necesidad de esta Ley de Violencia de Género y de todo lo tratado anteriormente. Son 5 las cuestiones con las que podemos concluir:
- Por desgracia, a día de hoy las mujeres se encuentran en una situación de necesaria protección frente al hombre. Es pues el destino de la disposición abordar esta concreta problemática.
- A nivel internacional se reconoce la existencia esta discriminación de la mujer por el simple hecho de serlo.
- La legislación contra esta violencia no ha hecho más que servir de ayuda. Ha ayudado a visibilizar unas situaciones ocultadas o excusadas desde los primeros años de la humanidad.
- Como hemos visto, hay aún discursos que dudan sobre la realidad de la existencia de este tipo de violencia. Este desconocimiento hace aún más necesario mantener la prevención y protección para logar erradicarla.
- La magnitud del problema ha provocado que se desarrollen leyes específicas para abordar esta lacra. Debido a su importancia, se trata de medidas elaboradas tanto a nivel nacional como internacional.
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