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Concurso de Acreedores, ¿qué ocurre cuando entras en concurso?

Como ya sabemos una compañía solicita la declaración de concurso de acreedores cuando no tiene la suficiente liquidez para que pueda cumplir con sus obligaciones. Aunque parezcan conceptos similares nada tiene que ver con el desbalance o con que los recursos propios sean negativos o positivos. Si no con la solvencia de la entidad.

Entonces...¿Qué es el concurso de acreedores?¿cuándo se puede solicitar?¿qué plazos tengo para llevarlo a cabo?¿el resultado normal es la quiebra? Esta y más cuestiones podrás resolverlas en el siguiente artículo.

¿Qué es el Concurso de Acreedores?

El concurso de acreedores es aquel instrumento que toda empresa posee, para solventar una situación económica de inminente quiebra. Una compañía puede solicitar la declaración de concurso cuando no tiene suficiente liquidez para hacer frente a sus obligaciones de pago.

Este procedimiento podemos verlo reflejado en la Ley Concursal 22/2003 del 9 de julio de 2003. Esta ley contempla que sólo se someterán a concurso de acreedores las empresas que no cumplan con los pagos regularmente.

¿En qué momento se solicita el concurso?

Es necesario, como se ha comentado anteriormente, que la empresa no pueda hacer frente a sus obligaciones de forma regular. Estas obligaciones incluirán deudas fiscales, deudas con entidades de crédito, salarios, indemnizaciones, etc.

En la ley que regula el concurso de acreedores, se diferencia entre la insolvencia actual y la inminente.

  • La insolvencia inminente surge cuando la empresa se ve amenazada por una situación y estima que no podrá cumplir con sus obligaciones.
  • La insolvencia actual, se origina cuando la empresa no puede hacer frente a sus pagos cuando llegan a su vencimiento.

En esta última, se genera la obligación legal de solicitar el concurso de acreedores en dos meses. Sin embargo la insolvencia inminente sólo otorga la facultad de hacerlo.

Si se alcanzara esta situación, el ordenamiento jurídico establece  "el concurso de acreedores" para solventar el mayor número posible de deudas y asegurar que no haya trato arbitrario hacia los acreedores.

¿Quiénes pueden solicitar el concurso de acreedores?

Se solicitará por el propio deudor y se requerirá por los acreedores o mediador concursal cuando se realice el procedimiento. Si estuviéramos hablando de una persona jurídica, los órganos encargados de la solicitud serán el de administración o liquidación.

El deudor deberá reunir los siguientes requisitos para la solicitud:

  • Poder especial para la solicitud del concurso de acreedores. Se podrá sustituir mediante la realización del apoderamiento apud acta.
  • La memoria expresa de la historia económica y jurídica del deudor, de la actividad que haya seguido durante los tres últimos años. Así como los establecimientos , oficinas y explotaciones de las que sea titular, de las causas del estado en que se encuentre y de las valoraciones de su viabilidad patrimonial.

Si el deudor fuera una persona casada, se incluirá en la memoria la identidad del cónyugue. En caso de que sea persona jurídica, se indicará en la memoria la identidad de los socios o asociados de que tenga constancia , en su caso, del auditor de cuentas. Se deberá tener en cuenta si forma parte de un grupo de empresas, enumerando las entidades integradas en este, así como si la organización cotiza en un mercado secundario.

¿Qué plazos tiene el deudor para solicitar el procedimiento?

Cuando la empresa deudora tenga percepción de su estado de insolvencia, tiene la obligación a nivel legal de solitarlo en el plazo de dos meses para la declaración del concurso de acreedores. Hasta el vencimiento, tiene posibilidad de informar al juzgado del inicio de la negociación para llegar a un acuerdo de refinanciación.

En el momento de la solicitud, no se iniciarán ejecuciones judiciales ni extrajudiciales de necesarios para el desarrollo de la actividad.

En la  negociación el deudor podrá solicitar la no publicación del concurso en los registros. Así la empresa puede mantener en secreto su situación financiera frente al público general.

¿Qué tipos de concurso de acreedores podemos encontrar?

Existen dos formas de solicitar el concurso de acreedores:

  1. Voluntaria: Será el responsable de la empresa quien inicie la solicitud. Esta persona poseerá información que le haga preveer la situación de insolvencia que se acerca y tendrá la obligación de solicitar el procedimiento. Si no lo iniciara podría estar sometido a multas o a pena de cárcel, si el juez apreciara objetivos ilícitos.
  2. Forzosa: Surge cuando la solicitud viene de alguno de los socios o acreedores. Esto puede originarse cuando hay desacuerdos entre socios y directiva.

¿Qué pasos sigue el procedimiento?

El concurso de acreedores sigue la siguiente estructura:

Fase común:

  • Primera: Se solicita la declaración del concurso, esta es estudiada por el juez y se aplican las medidas cautelares que correspondan.
  • Segunda: Resolución judicial donde se declara el concurso o se desestima la solicitud.
  • Tercera: Se determina el activo de la organización.
  • Cuarta: Se determina el activo de la organización y son clasificados los créditos entre generales,ordinarios y subordinados.

Fase de Convenio: Serán recibidas las propuestas de convenio de deudor o acreedor. Deberán incluir la proposición de "quita" o "espero".

Entendemos esto como la exigibilidad de las deudas (espera) o la condonación de ellas (quita). Las proposiciones supondrán la continuidad del desarrollo de la actividad.

En el momento en que sean presentadas las propuestas de convenio, los acreedores decidirán aquellas que sean más acordes a sus intereses. Si el juez no considera ninguna infracción, dará por aprobado el convenio.

Fase de liquidación: La fase de liquidación se iniciará cuando el deudor en concurso lo solicite o cuando no se hayan presentado propuesta de convenio.

Una vez iniciada esta fase el deudor perderá la gestión y administración, ocupando esta labor el adminitrador concursal.

La liquidación consistirá en la venta de todos lo bienes del deudor, con el fin de pagar la máxima deuda posible.

Fase de calificación: En el inicio de esta fase, se llevará a cabo una reflexión sobre el concurso de acreedores, para clasificarlo como fortuito o cumpable.

Entendemos como "fortuito", cuando la empresa concursada no se consideran causantes de la insolvencia y no tendrá que afrontar las consecuencias, pudiendo continuar con su actividad empresarial. Si es concurso es catalogado como "culpable", se establecerá como causantes de la insolvencia al deudor.

Resolución para los causantes de la insolvencia

Entonces, ¿qué ocurre con los culpables de la insolvencia?

  • Se inhabilitarán para la gestión de bienes ajenos.
  • Deberán devolver los bienes y derechos obtenidos de forma indebida del deudor.
  • Deberán indemnizar de los daños causados.

Categorizado en: Jurídico

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