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tratamiento de datos en procesos de selección

Tratamiento de los datos personales en la fase de contratación, pérdida o destrucción del CV

21/06/2017
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Actualmente uno de los puntos fuertes en el marco jurídico actual, es el tratamiento de los datos personales. El buen tratamiento de ellos conlleva a evitar sanciones por parte de la Agencia Española de Protección de Datos.

Las organizaciones empresariales cada vez son más cautelosas a la hora de tratar con datos personales de sus empleados. Pero, ¿qué ocurre cuando se produce un tratamiento de datos personales con la entrega de curriculum vitae en la fase de pre-contratación? ¿Quién es el responsable del tratamiento de esos datos personales?

La Agencia Española de Protección de Datos establece unas directrices sobre el tratamiento de datos en la gestión del personal. Queda claro que para la captación de personal y la futura contratación es necesario establecer una relación de datos personales con los solicitantes.

Para ello, en primer lugar realizaremos una clasificación de las distintas formas de entrega de curriculum vitae a las entidades empresariales:

1.- Dependiendo de la convocatoria o anuncio de empleo, será necesario hacer mención del articulo 5 LOPD como información previa al tratamiento de sus datos.

2.- La forma habitual de entrega del CV es a través de correo electrónico o en mano a la entidad, en estos casos el solicitante tendrá que conocer el desarrollo del tratamiento de datos personales.

3.- Siempre que sea posible el candidato dispondrá de modelos de impresos comunes donde se explicite  que el CV ha sido entregado, el tipo de datos personales que trata y el establecimiento de algunas medidas de seguridad.

Una vez que han sido depositados y entregados los CV en la empresa, será esta la encargada de mantener su custodia en todo momento sin posibilidad de pérdida y destrucción. Esta responsabilidad recaerá únicamente en la empresa, ya que el futuro trabajador ha recibido la información suficiente sobre el tratamiento de sus datos personales.

Los problemas surgen cuando se produce una pérdida o destrucción máxima de curriculum vitae donde contienen datos personales.

La Agencia Española de Protección de datos ya se ha pronunciado al respecto imponiendo sanciones relativas a estos casos, donde se produce una perdida o destrucción sin el oportuno tratamiento establecido. La Agencia realiza varias recomendaciones sobre el  procedimiento a llevar a cabo para la destrucción de datos personales.

En este caso se deberá detallar el procedimiento de borrado o destrucción, de tal manera que no sea posible el acceso a la información contenida y que la eliminación de documentos se haga de manera completa y sin errores.

Especial atención, y sin mencionar datos personales, en el año 2003 una cadena de supermercados madrileña fue condenada por la perdida de numerosos Curriculum  Vitae. En este caso se infringió el tratamiento de datos personales y su salvaguarda. Fueron encontrados un total de 250 CV  en una papelera sin ninguna protección y abandonados en plena calle.

Por estas actuaciones la Agencia Española de Protección de Datos abrió expediente en el que condeno a dicha cadena de supermercados por infracción de la LOPD.

¿Se están protegiendo de manera correcta los datos personales depositados en tu futura empresa?

Categorizado en: Jurídico

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