Has hablado del sueldo, del horario y de lo que harás en tu nuevo puesto. Ahora llega el contrato. Antes de firmarlo, merece la pena comprobar que esas condiciones aparecen por escrito y que se entienden bien. Un detalle tan concreto como la distribución de la jornada o el convenio aplicable puede cambiar cómo será tu día a día.
Empieza por estos puntos: quién te contrata, qué trabajo harás, dónde y cuántas horas trabajarás, cuánto cobrarás y qué convenio se aplica. Después revisa la modalidad del contrato y las cláusulas adicionales. Si es temporal, debe explicarse la causa que justifica su duración.
El contenido del contrato de trabajo se rige por el Estatuto de los Trabajadores, el convenio colectivo y las normas específicas de cada modalidad. No todos los contratos tienen exactamente los mismos apartados, pero sí hay una serie de condiciones que necesitas conocer.
¿Qué debe aparecer en un contrato de trabajo?
Esta tabla te ayuda a localizar lo esencial. Úsala para comparar el documento con las condiciones que te ofrecieron.
| Apartado |
Qué revisar |
| Datos de las partes |
Que tus datos y los de la empresa sean correctos. |
| Modalidad |
Si el contrato es indefinido, temporal o formativo y cuándo comienza. |
| Puesto |
Las funciones, el grupo profesional y el lugar de trabajo. |
| Jornada |
Cuántas horas trabajarás y cómo se distribuirán. |
| Retribución |
El salario, los complementos, las pagas extraordinarias y la forma de pago. |
| Otras condiciones |
Las vacaciones, el convenio colectivo, el periodo de prueba si se pacta y las cláusulas adicionales. |
Los datos de la empresa y los tuyos
Comprueba que aparecen correctamente el nombre o razón social de la empresa, sus datos de identificación y los de la persona que firma en su nombre. Revisa también tu nombre, documento de identidad y el resto de los datos personales incluidos en el modelo.
Si la persona contratada es menor de edad, se aplican reglas específicas sobre su capacidad para trabajar y firmar. Con carácter general, no se puede trabajar antes de los 16 años, salvo las excepciones previstas por la ley. Entre los 16 y los 18 años puede ser necesaria la autorización correspondiente, según la situación de la persona.
La modalidad del contrato y la fecha de inicio
Fíjate en qué tipo de contrato vas a firmar y en la fecha en la que empieza la relación laboral. El contrato se presume indefinido, aunque existen otras modalidades cuando se cumplen sus requisitos:
- Indefinido: no tiene una fecha de finalización prevista. El fijo discontinuo también es indefinido, aunque el trabajo se repita en determinados periodos.
- Temporal: debe indicar la causa concreta que justifica la contratación y cómo se relaciona con la duración prevista. Una fecha de finalización, por sí sola, no basta.
- Formativo: debe ajustarse a la modalidad elegida y recoger las condiciones de trabajo y formación que correspondan.
Si te ofrecen un contrato temporal, comprueba por qué te contratan durante un tiempo determinado. No es lo mismo cubrir una necesidad ocasional de producción que sustituir a una persona trabajadora: cada situación tiene sus propios requisitos.
Que llegue la fecha de fin tampoco significa, por sí solo, que haya un despido improcedente. Para saber si la extinción es correcta, hay que revisar la causa del contrato y cómo termina la relación laboral.
Qué funciones harás y dónde trabajarás
Lee el apartado del puesto más allá de su nombre. «Técnico de administración» puede abarcar tareas muy distintas según la empresa. Comprueba que las funciones y el grupo profesional encajan con el trabajo que te explicaron y con la clasificación del convenio colectivo.
También debe quedar claro dónde prestarás tus servicios. Si vas a trabajar a distancia de forma regular, la empresa y tú debéis formalizar por escrito un acuerdo de trabajo a distancia con el contenido que exige su normativa. No basta con que alguien te diga que «podrás teletrabajar».
La jornada: no te quedes solo con el número de horas
Comprueba si el contrato es a tiempo completo o parcial y cómo se reparte la jornada. Saber que trabajarás un determinado número de horas a la semana no siempre te dice en qué días o franjas tendrás que hacerlas. El convenio colectivo también puede contener reglas sobre horarios, distribución de la jornada y descansos.
En un contrato a tiempo parcial deben constar las horas ordinarias contratadas al día, a la semana, al mes o al año y su distribución según lo previsto en el convenio. Si se plantea la posibilidad de hacer horas complementarias, revisa las condiciones de ese pacto: tienen límites y requisitos propios.
El salario y las pagas extraordinarias
Revisa cuánto vas a cobrar, cada cuánto recibirás la nómina y qué parte del salario corresponde a conceptos fijos o variables. Si durante la entrevista hablasteis de una cifra anual, comprueba cómo se distribuye y qué ocurre con las pagas extraordinarias.
El salario pactado debe respetar el convenio colectivo aplicable y el salario mínimo interprofesional vigente conforme a las reglas de la jornada. Si una cantidad del contrato no coincide con lo que te ofrecieron, es mejor aclararlo antes de firmar que intentar reconstruir después aquella conversación.
Las vacaciones y el convenio colectivo
Comprueba cuántos días de vacaciones te corresponden y si están expresados en días naturales o laborables. El Estatuto de los Trabajadores establece un mínimo de 30 días naturales al año, que el convenio o el contrato pueden mejorar.
Localiza también el convenio colectivo que figura en el documento. Te servirá para contrastar el salario, la jornada, la clasificación profesional, las vacaciones y otras condiciones del puesto. Si no sabes cuál te corresponde, pide a la empresa que te lo indique.
¿Tienes periodo de prueba?
El periodo de prueba no se aplica automáticamente. Debe pactarse expresamente por escrito y respetar los límites del convenio y del Estatuto de los Trabajadores. Antes de firmar, comprueba su duración y desde cuándo se cuenta.
Si ya realizaste las mismas funciones en esa empresa con un contrato anterior, no puede establecerse válidamente un nuevo periodo de prueba para ese trabajo.
Lee también las cláusulas adicionales
Al final del contrato pueden aparecer acuerdos sobre confidencialidad, movilidad, disponibilidad u otras condiciones. Léelos con la misma atención que el salario. Que una cláusula esté escrita y firmada no significa que pueda contradecir la ley o empeorar los derechos mínimos del convenio.
Si encuentras una expresión que no entiendes o una condición distinta de la oferta que aceptaste, pide una explicación y una copia del texto antes de firmar. Así podrás valorar el contrato completo, incluidos sus anexos.
Antes de entregar el contrato firmado, comprueba:
- Que la modalidad, la fecha de inicio y las funciones coinciden con lo acordado.
- Que entiendes la jornada, su distribución y el lugar de trabajo.
- Que el salario y las pagas están claros.
- Que sabes qué convenio se aplica.
- Que has leído el periodo de prueba y los pactos adicionales.
- Que puedes conservar una copia del contrato y sus anexos.
Si preparas contratos desde un departamento de recursos humanos o una asesoría, estas comprobaciones forman parte del trabajo cotidiano. Para profundizar en la contratación y los trámites que vienen después, puedes consultar el Curso Superior de Contratación, Nóminas y Seguridad Social de INESEM.
Preguntas frecuentes sobre el contrato de trabajo
¿Todos los contratos de trabajo tienen que estar por escrito?
No todos, aunque la ley exige la forma escrita en modalidades como los contratos a tiempo parcial, los fijos discontinuos y los formativos. Además, cualquiera de las partes puede pedir que el contrato se formalice por escrito, incluso después de empezar a trabajar.
¿Qué pasa si una condición no aparece en el contrato?
Si una condición esencial no figura en el contrato escrito, la empresa debe informar sobre ella por escrito conforme a las reglas y los plazos aplicables. La ausencia de ese dato no elimina los derechos que reconocen la ley y el convenio.
¿Puede el contrato reconocer menos vacaciones que el convenio?
No. El contrato debe respetar las vacaciones establecidas en el convenio colectivo y el mínimo legal.
¿Puede la empresa cambiar mi jornada después de firmar?
Depende del alcance del cambio y del procedimiento aplicable. Si las horas o el horario que te piden cumplir no coinciden con lo pactado, revisa el contrato, el convenio y la comunicación que te haya entregado la empresa.
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